1-SUELDO BASICO A PARTIR DEL 01/07/2008 SE INCREMENTA EN UN 19,50%
Aquellos cambios vinculados a adicionales y compensaciones discutidos en el marco de esta paritaria y en los cuales no se alcanzado acuerdo, continuarán discutiéndose en un plazo que no exceda al 30/06/2008.
Todo lo acordado es aplicable a los trabajadores de jornada completa. Para el resto del personal convencionado con jornada reducida, su aplicación será proporcional a la extensión efectiva de la jornada.
Sin perjuicio del plazo de vigencia del presente acuerdo, se acuerda abrir la discusión paritaria ante el supuesto de modificación sustancial de las actuales condiciones macroeconómicas.
Aquellos cambios vinculados a adicionales y compensaciones discutidos en el marco de esta paritaria y en los cuales no se alcanzado acuerdo, continuarán discutiéndose en un plazo que no exceda al 30/06/2008.
Todo lo acordado es aplicable a los trabajadores de jornada completa. Para el resto del personal convencionado con jornada reducida, su aplicación será proporcional a la extensión efectiva de la jornada.
Sin perjuicio del plazo de vigencia del presente acuerdo, se acuerda abrir la discusión paritaria ante el supuesto de modificación sustancial de las actuales condiciones macroeconómicas.
ACTAS COMPLEMENTARIAS
INGRESOS
Telefónica de Argentina, se compromete a realizar, como mínimo 150 ingresos para el período comprendido en este acuerdo. El personal será seleccionado preferentemente a través de la bolsa de trabajo de F.O.E.E..SI.T.R.A, capacitado y entrenado por la empresa mediante programas de formación intensivos, de acuerdo al perfil técnico de la función laboral reuqerida
Sistema de Promoción
· Se acuerda que el concepto de la jefatura podrá modificar el resultado del examen como máximo en +/- 1 punto en una escala de 0 a 10, excepto en los casos que los postulantes tengan antecedes disciplinarios en los dos años anteriores a su postulación.
INGRESOS
Telefónica de Argentina, se compromete a realizar, como mínimo 150 ingresos para el período comprendido en este acuerdo. El personal será seleccionado preferentemente a través de la bolsa de trabajo de F.O.E.E..SI.T.R.A, capacitado y entrenado por la empresa mediante programas de formación intensivos, de acuerdo al perfil técnico de la función laboral reuqerida
Sistema de Promoción
· Se acuerda que el concepto de la jefatura podrá modificar el resultado del examen como máximo en +/- 1 punto en una escala de 0 a 10, excepto en los casos que los postulantes tengan antecedes disciplinarios en los dos años anteriores a su postulación.
Licencia por Examen
· Se incluyen las siguientes carreras terciarias de carácter oficial aprobadas por la autoridad competente.
· Aquellas cuya duración sea igual o superior a dos años. Tres días por examen, con un máximo anual de quince días.
· Aquellas que se refieran a materias de electrónica y / o telecomunicaciones. Cuatro días por examen, con un máximo anual de veintiocho días.
· Se incluyen las siguientes carreras terciarias de carácter oficial aprobadas por la autoridad competente.
· Aquellas cuya duración sea igual o superior a dos años. Tres días por examen, con un máximo anual de quince días.
· Aquellas que se refieran a materias de electrónica y / o telecomunicaciones. Cuatro días por examen, con un máximo anual de veintiocho días.
Capacitación
Se conviene en celebrar en Acuerdo Marco de Capacitación, que tendrá como objeto fundamental incorporar los conocimientos y competencias técnicas necesarias, tanto al personal de planta permanente como al personal ingresante.
La Comisión Paritaria definirá los siguientes puntos:
1. Contenido de los programas de nivelación y capacitación. En el caso de los Teleoperadores con derecho a concursar en vacantes que se produzcan en todo el ámbito de la empresa.
2. Acceso amplio y sin exclusiones de todos los trabajadores a los programas de capacitación de su especialidad. Capacitación a distancia.
3. Certificación de los conocimientos técnicos adquiridos.
4. Vigencia temporal de los programas de capacitación y cantidad de personal comprendido.
5. Identificación de las instituciones educativas que puedan desarrollar los distintos cursos.
6. Constitución de Comisión Empresa Gremio de Capacitación.
Se conviene en celebrar en Acuerdo Marco de Capacitación, que tendrá como objeto fundamental incorporar los conocimientos y competencias técnicas necesarias, tanto al personal de planta permanente como al personal ingresante.
La Comisión Paritaria definirá los siguientes puntos:
1. Contenido de los programas de nivelación y capacitación. En el caso de los Teleoperadores con derecho a concursar en vacantes que se produzcan en todo el ámbito de la empresa.
2. Acceso amplio y sin exclusiones de todos los trabajadores a los programas de capacitación de su especialidad. Capacitación a distancia.
3. Certificación de los conocimientos técnicos adquiridos.
4. Vigencia temporal de los programas de capacitación y cantidad de personal comprendido.
5. Identificación de las instituciones educativas que puedan desarrollar los distintos cursos.
6. Constitución de Comisión Empresa Gremio de Capacitación.
Anexo I C.C.T. 201/92
Las partes se comprometen a que en un plazo no mayor de 90 días, complementarán la actualización del Anexo I del CCT201/92, que comprende reagrupamiento de grupos laborales, incorporación de nuevas funciones, plan de carreras y perfil requerido para las distintas categorías laborales.
Las partes se comprometen a que en un plazo no mayor de 90 días, complementarán la actualización del Anexo I del CCT201/92, que comprende reagrupamiento de grupos laborales, incorporación de nuevas funciones, plan de carreras y perfil requerido para las distintas categorías laborales.
Telegestión
Las partes encomiendan a la Comisión Empresa – Gremio de Higiene y Seguridad Laboral a concluir, en un plazo de 90 días, el dictamen sobre condiciones y medio ambiente de trabajo en tareas de telegestión, para su posterior aprobación e incorporación al anexo IV del CCT 201/92.
Las partes encomiendan a la Comisión Empresa – Gremio de Higiene y Seguridad Laboral a concluir, en un plazo de 90 días, el dictamen sobre condiciones y medio ambiente de trabajo en tareas de telegestión, para su posterior aprobación e incorporación al anexo IV del CCT 201/92.
Promoción a Categoría 6
Las partes acuerdan que en un término de 30 días serán publicadas las correspondientes convocatorias para cubrir 40 vacantes de la Categoría 6, correspondiendo a nuestro Sindicato 6 vacantes.
Las partes acuerdan que en un término de 30 días serán publicadas las correspondientes convocatorias para cubrir 40 vacantes de la Categoría 6, correspondiendo a nuestro Sindicato 6 vacantes.
Becas
Se ha decidido con carácter excepcional incorporar al beneficio del corriente año a 40 postulantes pertenecientes a escuelas privadas.
Se ha decidido con carácter excepcional incorporar al beneficio del corriente año a 40 postulantes pertenecientes a escuelas privadas.
Deuda Vales Alimentarios
Se reconoce la deuda que la empresa mantenía con los trabajadores, correspondiente al período 1/1/06 hasta el momento en que en cada empleado haya dejado de revistar en categoría 2. Esta diferencia se aplicará asimismo sobre el beneficio adicional que corresponde abonar en el mes de diciembre.
El pago establecido se efectuará conjuntamente con la liquidación del mes de mayo de 2008.
El listado completo de los trabajadores comprendidos, detallando nombre, apellido, legajo, jornada laboral y monto a cobrar, se encuentra para consultar, en la sede sindical.
Ante la preexistencia de otras diferencias de vales alimentarios por vuelcos de categoría que se produjeron a partir del 1/1/06, reclamadas por la organización sindical, las partes acuerdan considerar las mismas paritariamente en un plazo no mayor a 90 días.
Se reconoce la deuda que la empresa mantenía con los trabajadores, correspondiente al período 1/1/06 hasta el momento en que en cada empleado haya dejado de revistar en categoría 2. Esta diferencia se aplicará asimismo sobre el beneficio adicional que corresponde abonar en el mes de diciembre.
El pago establecido se efectuará conjuntamente con la liquidación del mes de mayo de 2008.
El listado completo de los trabajadores comprendidos, detallando nombre, apellido, legajo, jornada laboral y monto a cobrar, se encuentra para consultar, en la sede sindical.
Ante la preexistencia de otras diferencias de vales alimentarios por vuelcos de categoría que se produjeron a partir del 1/1/06, reclamadas por la organización sindical, las partes acuerdan considerar las mismas paritariamente en un plazo no mayor a 90 días.
Turnos Diagramados
Se convino que cuando el trabajador deba presentarse a trabajar un día feriado que concuerde con sábado o domingo en virtud de haber sido convocado por la empresa para la realización de turnos diagramados, se le deberá otorgar dos francos compensatorios.
Se convino que cuando el trabajador deba presentarse a trabajar un día feriado que concuerde con sábado o domingo en virtud de haber sido convocado por la empresa para la realización de turnos diagramados, se le deberá otorgar dos francos compensatorios.
3 comentarios:
Por fin alguien tiene la explicación de los aumentos.
AO.
Tenés razón anónimo! estamos por cobrar el tan ESPERADO y ESCASO aumento que ni lo vamos a sentir y ya no recordabamos de que se trataba.Esperemos el recibo, y después, que se vayan dando las demás cosas que mencionan en el Acta....
Gracias, no los conozco bien pero al menos uds tiene una pàgina no solamente para informar sino fundamentalmente para dejarnos opinar, o mejor aùn, participar a travès de nuestros comentarios.
Una pregunta con todo respeto uds.que tienen mas experiencia...Foeesitra no tiene en su pàgina para hacer comentarios? porque lo busquè y nada..gracias de nuevo, estaba esperando esta informaciòn, aunque tambien opino que a esta altura el aumento acordado perdiò su valor. Que bajos estamos salarialmente..mmmhh
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